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  • IV_La inquisición en Cataluña como instrumento político de Fernando II en el período fundacional 1478-1487

     

    5.- Dificultades al implantar la Inquisición moderna en Cataluña: 1478-1487

    Cuando la monarquía hispánica decide implantar la Inquisición moderna en Aragón, topa con un escenario diferente que el que había tenido en Castilla. Era una monarquía “compuesta”, con distintos reinos y sistemas institucionales diferentes que tenían sus propias Cortes. En el caso de Cataluña eran los tres brazos (braços) de las Corts Generals: el militar, representado por la nobleza; el eclesiástico, presidido por el arzobispo de Tarragona; y el real o ciudadano, formado por patricios o ciudadanos honrados, mercaderes, profesionales liberales y menestrales; los que respaldaban al monarca, el cual no podía sancionar leyes generales sin la aprobación de estos representantes.

    Cataluña, acababa de salir de una guerra compleja, y Fernando II pretende desarrollar unas políticas de reformas para cerrar las heridas sociales, políticas y económicas que habían quedado abiertas, intentando equilibrar las relaciones entre el rey y el Principado, donde participan todos los estamentos y clases sociales de la sociedad catalana.[i] Un juego de equilibrios que permite al Principado dotarse de un instrumento muy importante: la Cosntitució de la Observança de 1481, que asegura la subordinación de los poderes: real y local, a la estructura legislativa, obligando a todos ellos a jurar fidelidad a las leyes catalanas. Esta Observança, junto a la bula de 1461 serían puntos inflexibles ante la llegada de la Inquisición castellana.

    Al intentar instalarse la Inquisición en Barcelona, R. Mayoral destaca dos tentativas de implantación anteriores. Una, coincidiendo con los procesos de implantación en Castilla (entre 1480 y 1481), tratando de aprovechar las estructuras que la inquisición medieval mantenía en la Corona de Aragón, cuando el Rey pidió al maestre general de los dominicos que nombrara provincial de Aragón a Juan Orts (23-V-1481) y vicario interino a Gualbes; a continuación nombra a Gaspar Jutglar inquisidor general de Aragón y le propone que nombre a los anteriores Orts y Gualbes como inquisidores de Aragón. Y otra, consiguiendo reunir las inquisiciones de todos los reinos en un solo inquisidor: Torquemada bulas 2-II-1482 y 17-X-1483.[ii]

    El hecho de que la bula de 1478 concediera facultad a los Reyes, para designar a tres religiosos, regulares o seculares, con la misma jurisdicción, autoridad y dominio que los Ordinarios y los inquisidores de la maldad herética;[iii] no derogaba la inquisición medieval en Cataluña, ni tampoco anulaba el nombramiento del inquisidor Comes, confirmado por el papa Pio II en junio de 1461.

    Existe una sentencia dictada contra el maestre Rapita, fechada el 29-VII-1482, por Pere Eixarrat, autoridad real y notario público, por la que declara que el maestre Joan Comes es el verdadero y legítimo inquisidor de la ciudad y de la diócesis de Barcelona.[iv]

    Hubo un nombramiento, en diciembre de 1481, de dos inquisidores para Aragón que es frenado por una bula de 2-II 1482, destituyendo a estos inquisidores y designando a siete inquisidores provinciales. Esto ralentizó el proceso de introducción de la Inquisición, a lo que el Rey escribió al papa (13-V-1482) quejándose de este inconveniente al tiempo que acusaba a los conversos de maquinar para frenar a la Inquisición.[v]

    El Rey se escondía tras la naturaleza eclesiástica de la institución para eludir las restricciones que las constituciones y los privilegios locales imponían a las actuaciones inquisitoriales.

    El 1484 fue un año de lucha férrea: por un lado, Torquemada elaborando estrategias y expandiendo la Inquisición por los reinos peninsulares de la Corona de Aragón, seguido de los inquisidores cargados de instrucciones, muchas de ellas contrarias a los fueros y constituciones de los lugares donde se establecían; por otro, los Reyes Católicos, especialmente el rey Fernando, contumaz en conseguir toda la potestad necesaria para que el proyecto de la Inquisición no fracasara; y el Papa tratando que la nueva institución no se le vaya de las manos, en una pugna diplomática con la monarquía hispánica; y al final, los consellers de Barcelona y los diputados de la Generalitat de Catalunya, en una oposición inflexible a la entrada de la inquisición castellana.

    A todo esto, Fernando II sigue con su objetivo de implantar la nueva Inquisición castellana, logrando reemplazar al inquisidor medieval por medio de una orden firmada por Torquemada el 12-V-1484 y sustituirlo por fray Joan Franco y fray Guillem Caselles.[vi] De esta forma se despejaba la entrada en Cataluña al proyecto de reforma inquisitorial que comienza a establecerse en Cataluña, de forma lenta, pero consiguiendo superar los inconvenientes que Roma manifestaba.

    La presencia de fray Joan Franco en la ciudad de Barcelona no fue del agrado de las instituciones locales, a pesar de la carta real dirigida a los consellers, fechada el 7-V-1484, advirtiéndoles que debían “honrar y reverenciar a los inquisidores castellanos y a sus oficiales y ministros según su grado o condición o en caso contrario serían sancionados con diez mil florines de oro y privación de los oficios”.[vii]

    Se generó una situación tensa que llegó a conocimiento del rey que envió dos nuevas cartas amenazando para que colaboren en la ejecución del establecimiento de la Inquisición. Hay correspondencia cruzada de los consellers, que a través de Jaume de Casafranca, escribano en la Corte sobre asuntos de la Inquisición, le hacen llegar al Rey unos comunicados conjuntos con los diputados de la Generalitat. En ellos, de igual forma que lo habían hecho los representantes de la ciudad de Valencia (14-VI-1483), contra el inquisidor Gualbes, insistían sobre los daños que la entrada de la Inquisición suponía para las Constituciones de Cataluña, y las consecuencias desfavorables que soportaría la ciudad a causa de la emigración de conversos hacia Francia, añadiendo que en Barcelona no se conocían judaizantes y que si los había, ellos mismos, junto a los inquisidores barceloneses acabarían con los herejes. El tema fue expuesto ante el Consell General de la Ciudad, que pasó a las demás instituciones catalanas, e incluso los cónsules de Llotja se planteaban el cerrarla en Barcelona.

    Una oposición general a las medidas tomadas por Fernando II, pero el rey quería establecer la Inquisición en Barcelona y aunque en principio no mostraba contrariar los privilegios de la ciudad, dando órdenes a los inquisidores para que procediesen con moderación en sus actuaciones, es decir, no quería que se viera la imagen de crueldad y escándalo que había surgido en casi todas las provincias donde ya estaba implantada.

    Con fecha de 9 y 12 de julio de 1484, los estamentos locales de la ciudad de Barcelona se reunieron en el Consell de Cent, para oponerse a los nuevos inquisidores castellanos. Entre los temas a considerar, pusieron en duda si la potestad de los nuevos inquisidores podía revocar el nombramiento de Joan Comes; y también trataron sobre lo perjudicial que sería a los privilegios, libertades, constituciones, Capítulos de Cortes, y leyes de la tierra.[viii] Buscaban resquicios en la voluntad real con el fin de entorpecer la instalación de la inquisición castellana, como la protesta presentada el 29-XI-1484, al regente de la Real Cancillería, contra la designación de los inquisidores Joan Franco y Guillem Caselles como delegados de Torquemada, argumentando que las cartas de presentación (lletres closes) no llevaban la firma de canciller, o de persona real delegada, hecho que contradice la constitución del rey Marti y por ello son nulas ipso facto; otro razonamiento, tomado como eje central, está relacionado con el hecho de que los alguaciles, oficiales y ministros no eran nacidos ni domiciliados en Cataluña; y que las inquisiciones de la jurisdicción criminal no pueden ser hechas en la ciudad si no es por medio de juristas domiciliados en Barcelona y con prohomes. A todo ello les une que el ejercicio de los consabidos inquisidores es contrario a las citadas constituciones y privilegios. Pero el Rey, en su obstinación sobre la implantación inquisitorial decía que los problemas económicos no eran prioritarios: “nuestra firme intención y zelo es anteponer el servicio de Nuestro Senyor Dios al nuestro”. Y además, recriminaba a los consellers que obstaculizaran la Inquisición castellana y reafirmaba su voluntad de que ésta se asentara y actuara en Barcelona. [ix]

    Entre 1484 y 1485, la correspondencia real con Barcelona fue abundante y cargada de hostilidad cortesana. A la que los consellers respondían acogiéndose a las constituciones anteriores para defender sus razonamientos en contra del establecimiento de la inquisición castellana, eran mensajes con muy pocas posibilidades de éxito.

    También el inquisidor Joan Franco intervenía en el conflicto exigiendo a las autoridades locales que prohibiesen la huida de los conversos (carta de 18-I-1486). Siendo contestada al día siguiente, 19-I-1486, negándole toda clase de potestad inquisitiva, aunque se llamase inquisidor, diciéndole que ellos eran los responsables de los asuntos reales y no él, y que  de la misma forma que no habían impedido ejercer sus funciones al Inquisidor, tampoco la ciudad impediría la entrada a los que lleguen para habitarla o se quieran marchar de ella.[x]

    Pero no todo fueron fracasos en la lucha de los consellers contra el inquisidor Joan Franco.

    Según Carreras i Candi, hubo un hecho extraordinario que llamó la atención el 5-I-1487, es referente a un cartel que apareció clavado en la puerta de la Seo de Barcelona haciendo pública la excomunión del reverendo Inquisidor del obispado de Lleida, por las actuaciones llevadas a cabo contra Micer Bardaxi. Aunque se mantenía en secreto el nombre del afectado, se cree que era el Maestre Joan Franco, que por sentencia Papal le habían retirado sus poderes. Fue una escasa satisfacción para Barcelona, y al mismo tiempo un triunfo para Fernando II que, cuando menos se esperaba, se revocó la bula especial que daba el cargo de inquisidor a Joan Comes, que ya se desconocía su existencia. Hecho que ya se había tratado cuando Torquemada lo derogó y nombró dos inquisidores para sustituirlo.

    El nombramiento de un nuevo inquisidor llamado Maestre Spina consiguió que los consellers aceptaran que la inquisición castellana se había asentado en el territorio catalán. Siendo recibido el 5-VII-1487 por todas las autoridades locales. Y el 15 del mismo mes se comunicó al Consell ordinario de la ciudad la notificación de que al día siguiente fueran los consellers a la Seo a prestar juramento al Inquisidor. [xi]

     

    [i] SIMON i Tarrés, Antoni. (2004). Ibidem. pp 470-471

    [ii] MAYORAL López, Rubén. (2002). Op. Cit. pp. 387-388. Y ESCUDERO,  José A. (2005). Estudios sobre la Inquisición. pp. 122-123

    [iii] MARTÍNEZ Díez, Gonzalo. (1998). Bulario de la Inquisición Española. pp. 75-79.

    [iv] ROVIRA I Solà, Manuel. (2009).  Catàleg dels pergamins municipals de Barcelona. Anys 1441-1500. p. 191

    [v] MAYORAL, Rubén. (2002). Ibidem. p. 388.

    [vi] FORT i Cogul, Eufemià. (1973). Catalunya i la Inquisició. p.135

    [vii] CARRERAS i Candi, Francesch. (1911). Op. Cit. pp. 150-151. (Notularium anni 1483 et aliorum, f. 136, (A.M.B.). También, R. García Cárcel, (1976), lo recoge en Orígenes de la Inquisición. p. 47

    [viii] CARRERAS i Candi., Francesch. (1911). Op. Cit. pp.151-152. Delliberacions del Consell., 1484-1485. F.71

    [ix] FORT i Cogul, Eufemià. (1973). Op. Cit. pp.136-139

    [x] FORT i Cogul, Eufemià. (1911). Op. Cit. pp. 147-148

    [xi] CARRERAS i Candi, Francesch. (1911). Op. Cit. p. 145

     

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